Saltar al contenido
Licitaciones by Fandit

En plazo de ofertasLicitación · Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona · expediente 940/2026

Monitores para actividades deportivas municipales

Prestación del servicio de monitores deportivos para las diferentes actividades deportivas municipales

Enunciado oficial del anuncio; el título de arriba lo ha escrito la IA a partir de él.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona admite ofertas hasta el 24/10/2026 (quedan 13 días) para este contrato de servicios por procedimiento abierto, con un presupuesto de 104.285 € sin IVA en 2 lotes. En los últimos 3 años ha adjudicado 2 contratos en estas categorías (CPV 920, 926) a 1 empresa, con un importe medio de 45.695 € y una baja media del 51,2 %, según PLACSP.

Ver el expediente en la plataforma de origen Categoría CPV 920Categoría CPV 926Licitaciones abiertas en Granada

Plazo de ofertas

13

días · hasta el 24/10/2026 a las 23:59

Presupuesto

104.285 €

sin IVA · 2 lotes

Valor estimado

208.571 €

con prórrogas y opciones, sin IVA

Antecedentes del órgano

2

contratos en CPV 920, 926 en 3 años · baja media 51,2 %

  • Contrato de servicios

    Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos

  • MORALEDA DE ZAFAYONA, Granada

    Lugar de ejecución del contrato.

  • Procedimiento abierto

    Presentación electrónica

  • Dura 1 año

    Prórroga: El presente contrato puede ser prorrogado por un período de un año de duración, prórroga que deberá ser…

  • 2 lotes

    Ofertas a uno o varios lotes · máximo 2 por oferta · máximo 2 por adjudicatario.

Qué se contrata

Expediente
940/2026
Tipo de contrato
Servicios · Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
Procedimiento
Abierto
Lugar de ejecución
MORALEDA DE ZAFAYONA, Granada

Lotes (2)

LoteObjetoSin IVACPV
1Actividades deportivas impartidas durante todo el año,33.465 €92000000, 92620000, 92600000
2Actividades deportivas impartidas durante la temporada de verano.70.820 €92000000, 92600000, 92620000

Según el anuncio publicado en PLACSP; los pliegos mandan.

Plazos y presentación de ofertas

Anuncio de licitación
09/10/2026
Fin del plazo de ofertas
24/10/2026 a las 23:59 · quedan 13 días
Presentación de ofertas
Electrónica
Presentación por lotes
Ofertas a uno o varios lotes · máximo 2 por oferta · máximo 2 por adjudicatario
Duración del contrato
1 año
Prórroga
El presente contrato puede ser prorrogado por un período de un año de duración, prórroga que deberá ser aprobada por el Excmo. Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona, previo acuerdo expreso de las partes, antes de la finalización del contrato
Más detalles
Obtención de documentación
hasta el 24/10/2026
Variantes
No se admiten

Fechas del anuncio; la hora límite y las notas, tal como las publica el órgano.

Importes y financiación

Presupuesto base sin IVA
104.285 €
Presupuesto con IVA
126.185 €
Valor estimado
208.571 €Con prórrogas y opciones, sin IVA.
Financiación
No hay financiación con fondos de la UE

Presupuestos publicados, enteros; el valor estimado incluye prórrogas y opciones.

Condiciones del anuncio

Criterios de adjudicación

Por fórmula, 100 % · por juicio de valor, 0 %

  • Distancia (en km) desde la sede social de la empresa hasta el Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona: 5 puntos · fórmula5 %

    En este apartado se valorará la distancia (en km) desde la sede social de la empresa hasta el Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona, para mayor facilidad en la comunicación de aspectos generales o de incidentes, o la necesidad de reuniones, una menor distancia facilita una mayor agilidad en la respuesta, lo que incide directamente en la calidad y eficacia del servicio. Se establece en los PCAP.

  • Titulación deportiva de la persona coordinadora adscrita al contrato: Se valorará hasta un máximo de 25 puntos · fórmula25 %

    Se valorará con un máximo de 25 puntos la presencia en la plantilla de monitores para el desarrollo del presente servicio de personal con mejor cualificación profesional. Esta cualificación profesional debe mantenerse durante la duración del contrato. Se valorará de forma individual para cada monitor la titulación que se aporte. La valoración de este aspecto se establece en los PCAP.

  • Experiencia de la persona coordinadora deportiva adscrita al contrato: Se valorará hasta un máximo de 21 puntos · fórmula21 %

    Experiencia como coordinador/a deportivo/a, monitor/a multidisplinar, monitor/a yoga, en cualquier actividad, evento, feria deportiva o feria de juventud, o de ocio, todas ellas relacionadas con la actividad física y deporte en los últimos 3 años, en función del baremo establecidos en los PCAP.

  • OFERTA ECONÓMICA · fórmula, precio49 %

    Oferta económica: Se valorará hasta un máximo de 49 puntos. (APLICABLE AMBOS LOTES) Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula: P= P. mínimo / P. ofertado x Puntuación máxima P: Puntuación obtenida por la oferta. P. mínimo: Precio más bajo de todas las ofertas. P. ofertado: Precio de la oferta evaluada. Puntuación máxima: La máxima puntuación asignada al criterio económico ( 49 puntos)

Solvencia y requisitos

Lote 1: Actividades deportivas impartidas durante todo el año,
Solvencia económica y financiera
  • Seguro de indemnización

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio d… Ver todo

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 25.098,92 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si no estuviera obligado legalmente al depósito o a la llevanza de libros de inventarios y cuentas anuales, se acreditará mediante la presentación de declaraciones tributarias correspondientes a la actividad licitada. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 40.492,92 euros. De conformidad con lo establecido en el artículo 87.2 de la LCSP, para la acreditación de este requisito los licitadores deberán aportar póliza o certificado de seguro. Este seguro deberá encontrarse vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, así mismo deberá aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

  • Cifra anual de negocio

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio d… Ver todo

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 25.098,92 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si no estuviera obligado legalmente al depósito o a la llevanza de libros de inventarios y cuentas anuales, se acreditará mediante la presentación de declaraciones tributarias correspondientes a la actividad licitada. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 40.492,92 euros. De conformidad con lo establecido en el artículo 87.2 de la LCSP, para la acreditación de este requisito los licitadores deberán aportar póliza o certificado de seguro. Este seguro deberá encontrarse vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, así mismo deberá aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Solvencia técnica o profesional
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales

    La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por el siguiente medio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o priva… Ver todo

    La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por el siguiente medio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.

Lote 2: Actividades deportivas impartidas durante la temporada de verano.
Solvencia económica y financiera
  • Cifra anual de negocio

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de… Ver todo

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 53.115,03 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresarioestuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si no estuviera obligado legalmente al depósito o a la llevanza de libros de inventarios y cuentas anuales, se acreditará mediante la presentación de declaraciones tributarias correspondientes a la actividad licitada. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 85.692,24 euros. De conformidad con lo establecido en el artículo 87.2 de la LCSP, para la acreditación de este requisito los licitadores deberán aportar póliza o certificado de seguro. Este seguro deberá encontrarse vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, así mismo deberá aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

  • Seguro de indemnización

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de… Ver todo

    La solvencia económica y financiera del empresario, conforme al artículo 87 de la LCSP, deberá acreditarse por alguno de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 53.115,03 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresarioestuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si no estuviera obligado legalmente al depósito o a la llevanza de libros de inventarios y cuentas anuales, se acreditará mediante la presentación de declaraciones tributarias correspondientes a la actividad licitada. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 85.692,24 euros. De conformidad con lo establecido en el artículo 87.2 de la LCSP, para la acreditación de este requisito los licitadores deberán aportar póliza o certificado de seguro. Este seguro deberá encontrarse vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, así mismo deberá aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Solvencia técnica o profesional
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales

    La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por el siguiente medio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o priva… Ver todo

    La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por el siguiente medio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.

Garantías y declaraciones

Garantías
  • Definitiva5 %
Declaraciones exigidas
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Criterios de adjudicación, solvencia, garantías y declaraciones tal como las publica el anuncio; los pliegos mandan.

El pliego, leído por IA

Beta

Con tu cuenta puedes pedir que la IA lea el pliego y complete esta ficha, con cada dato citado y su página. Entrar.

Pliegos y documentos

2 documentos del anuncio; los enlaces abren la plataforma de origen.

Historial de anuncios

  • 07/10/2026Anuncio Previo · Perfil del contratante
  • 09/10/2026Anuncio de Pliegos · Perfil del contratante
  • 09/10/2026Anuncio de Licitación · Perfil del contratante

Cada publicación del expediente; varias del mismo tipo y medio son rectificaciones.

Los antecedentes cruzan las adjudicaciones del mismo órgano en las mismas categorías CPV a tres dígitos en los últimos tres años (resultado adjudicado o formalizado, adjudicatario identificado, importe no sospechoso); lo explica la metodología.