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Licitaciones by Fandit

En plazo de ofertasLicitación · Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas · expediente 2970/2026

Licencias de Microsoft 365 para el Ayuntamiento de Camas

Contrato de Suministro de Licencias de Microsoft 365 para el Ayuntamiento de Camas

Enunciado oficial del anuncio; el título de arriba lo ha escrito la IA a partir de él.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas admite ofertas hasta el 22/10/2026 (quedan 12 días) para este contrato de suministros por procedimiento abierto simplificado, con un presupuesto de 15.491 € sin IVA. En los últimos 3 años, Ayuntamiento de Camas, la entidad de la que depende, ha adjudicado 1 contrato en estas categorías (CPV 482, 483, 488) a 1 empresa, con un importe medio de 5556 € y una baja media del 9,8 %, según PLACSP.

Ver el expediente en la plataforma de origen Categoría CPV 483Categoría CPV 482Categoría CPV 488Licitaciones abiertas en Sevilla

Plazo de ofertas

12

días · hasta el 22/10/2026 a las 23:00

Presupuesto

15.491 €

sin IVA

Valor estimado

30.981 €

con prórrogas y opciones, sin IVA

Antecedentes del órgano

1

contratos en CPV 482, 483, 488 en 3 años · baja media 9,8 %

  • Contrato de suministros

    Paquetes de software de creación de documentos, dibujo, tratamiento de imágenes, planificación y productividad

  • Camas, Sevilla

    Lugar de ejecución del contrato.

  • Procedimiento abierto simplificado

    Presentación electrónica

  • Dura 1 año

    Prórroga: El plazo de duración del contrato será de un año. Se prevé una prórroga de un año de duración. Por lo tanto…

Qué se contrata

Expediente
2970/2026
Tipo de contrato
Suministros · Adquisición
Procedimiento
Abierto simplificado
Lugar de ejecución
Camas, Sevilla

Según el anuncio publicado en PLACSP; los pliegos mandan.

Plazos y presentación de ofertas

Anuncio de licitación
08/10/2026
Fin del plazo de ofertas
22/10/2026 a las 23:00 · quedan 12 díasSe recomienda descargar la herramienta de presentación de ofertas con tiempo suficiente y no esperar a presentar la oferta al último momento, para poder solventar, en su caso, cualquier problema técnico que pudiera surgir. Herramienta: Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas, que podrán encontrar en el siguiente enlace. https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda Téngase en cuenta también el horario de soporte de plataforma (L-J 9h a 19h; V 9h a 15h).
Presentación de ofertas
Electrónica
Duración del contrato
1 año
Prórroga
El plazo de duración del contrato será de un año. Se prevé una prórroga de un año de duración. Por lo tanto, el plazo máximo del contrato será de dos años, prórroga incluida. Véase la Memoria Justificativa y los Pliegos que rigen el contrato.
Más detalles
Obtención de documentación
hasta el 22/10/2026
Variantes
No se admiten

Fechas del anuncio; la hora límite y las notas, tal como las publica el órgano.

Importes y financiación

Presupuesto base sin IVA
15.491 €
Presupuesto con IVA
18.744 €
Valor estimado
30.981 €Con prórrogas y opciones, sin IVA.
Financiación
No hay financiación con fondos de la UE

Presupuestos publicados, enteros; el valor estimado incluye prórrogas y opciones.

Condiciones del anuncio

Criterios de adjudicación

Por fórmula, 100 % · por juicio de valor, 0 %

  • La oferta económica · fórmula, precio100 %

Solvencia y requisitos

Solvencia económica y financiera
  • Patrimonio neto

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de… Ver todo

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.

  • Cifra anual de negocio

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de… Ver todo

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.

Solvencia técnica o profesional
  • Técnicos o unidades técnicas

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de… Ver todo

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.

  • Trabajos realizados

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de… Ver todo

    En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.

Condiciones especiales de ejecución
  • Consideraciones de tipo ambiental

    Véase el apartado N.2 del CCP.

  • Consideraciones tipo social

    Véase el apartado N.1 del CCP.

Subcontratación
  • Véase la Memoria Justificativa y los Pliegos que rigen el contrato.

Garantías y declaraciones

Declaraciones exigidas
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Criterios de adjudicación, solvencia, garantías y declaraciones tal como las publica el anuncio; los pliegos mandan.

El pliego, leído por IA

Beta

Con tu cuenta puedes pedir que la IA lea el pliego y complete esta ficha, con cada dato citado y su página. Entrar.

Pliegos y documentos

10 documentos del anuncio; los enlaces abren la plataforma de origen.

Historial de anuncios

  • 08/10/2026Anuncio de Pliegos · Perfil del contratante
  • 08/10/2026Anuncio de Licitación · Perfil del contratante

Cada publicación del expediente; varias del mismo tipo y medio son rectificaciones.

Los antecedentes cruzan las adjudicaciones del mismo órgano en las mismas categorías CPV a tres dígitos en los últimos tres años (resultado adjudicado o formalizado, adjudicatario identificado, importe no sospechoso); lo explica la metodología.