En plazo de ofertasLicitación · Presidencia de European Aviation College, S.A. · expediente 5/2026
Simulador y entrenadores de vuelo para la Escuela de Pilotos de ADVENTIA
El objeto del contrato es la contratación del suministro de 1 simulador de vuelo FNPT II y 4 entrenadores de vuelo para la Escuela de Pilotos de ADVENTIA
Enunciado oficial del anuncio; el título de arriba lo ha escrito la IA a partir de él.
Presidencia de European Aviation College, S.A. admite ofertas hasta el 07/11/2026 (quedan 26 días) para este contrato de suministros por procedimiento abierto, con un presupuesto de 495.000 € sin IVA en 2 lotes. En los últimos 3 años ha adjudicado 1 contrato en estas categorías (CPV 347) a 1 empresa, con un importe medio de 4,9 M€ y una baja media del 0 %, según PLACSP.
Ver el expediente en la plataforma de origen Categoría CPV 347Licitaciones abiertas en Castilla y León
Plazo de ofertas
26
días · hasta el 07/11/2026 a las 15:00
Presupuesto
495.000 €
sin IVA · 2 lotes
Antecedentes del órgano
1
contratos en CPV 347 en 3 años · baja media 0 %
Anunciado
07/10/2026
en PLACSP
Contrato de suministros
Simuladores de vuelo
Villagonzalo de Tormes, Salamanca
Lugar de ejecución del contrato.
Procedimiento abierto
Presentación electrónica · sujeto a regulación armonizada
Dura 6 meses
Sin prórroga publicada en el anuncio.
2 lotes
Ofertas a uno o varios lotes · máximo 2 por oferta · máximo 2 por adjudicatario.
Qué se contrata
- Expediente
- 5/2026
- Tipo de contrato
- Suministros · Adquisición
- Procedimiento
- Abierto
- Lugar de ejecución
- Villagonzalo de Tormes, Salamanca
- Regulación armonizada
- Sí: sujeto a regulación armonizada (publicado en el DOUE)
Códigos CPV
Lotes (2)
| Lote | Objeto | Sin IVA | CPV |
|---|---|---|---|
| 1 | Simulador de vuelo | 405.000 € | 34741400 |
| 2 | Entrenadores de vuelo | 90.000 € | 34740000 |
Según el anuncio publicado en PLACSP; los pliegos mandan.
Plazos y presentación de ofertas
- Anuncio de licitación
- 07/10/2026
- Fin del plazo de ofertas
- 07/11/2026 a las 15:00 · quedan 26 díasel suministro, instalación, certificación y puesta en marcha de 1 simulador de vuelo certificado FNPT II para CIRRUS SR20, y 4 entrenadores de vuelo sintéticos (no necesariamente certificados) que emulen CIRRUS SR20, destinado a la formación aeronáutica de European Aviation College, S.A. (CIF A37290269).
- Presentación de ofertas
- Electrónica
- Presentación por lotes
- Ofertas a uno o varios lotes · máximo 2 por oferta · máximo 2 por adjudicatario
- Duración del contrato
- 6 meses
Más detallesMenos detalles
- Obtención de documentación
- hasta el 07/11/2026
- Variantes
- No se admiten
- Revisión de precios
- No
Fechas del anuncio; la hora límite y las notas, tal como las publica el órgano.
Importes y financiación
- Presupuesto base sin IVA
- 495.000 €
- Presupuesto con IVA
- 598.950 €
- Financiación
- No hay financiación con fondos de la UE
Presupuestos publicados, enteros; el valor estimado incluye prórrogas y opciones.
Condiciones del anuncio
Criterios de adjudicación
Por fórmula, 100 % · por juicio de valor, 0 %
- Reducción del plazo de entrega · fórmula25 %
Cláusula 12.1.A PCAP
- Precio de la oferta · fórmula, precio75 %
Clausula 12.1 a PCAP
Solvencia y requisitos
- Solvencia económica y financiera
Cifra anual de negocio
La dispuesta en el artículo 87.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Volumen anual de negocios, o bie… Ver todoVer menos
La dispuesta en el artículo 87.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. No obstante, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante declaración relativa al volumen anual de negocios del licitador o candidato que, referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año. El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Los anteriores criterios se justifican por su viabilidad, objetividad y eficacia en la comprobación de la solvencia económica y financiera de la empresa adjudicataria, de cara a la buena ejecución de los trabajos a realizar.
- Solvencia técnica o profesional
Otros
La dispuesta en el artículo 89.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La solvencia técnica o profesio… Ver todoVer menos
La dispuesta en el artículo 89.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La solvencia técnica o profesional se acreditará por el medio que se señala a continuación: relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, en el pliego de cláusulas administrativas particulares se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
- Antigüedad mínima
3 años
La dispuesta en el artículo 89.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La solvencia técnica o profesio… Ver todoVer menos
La dispuesta en el artículo 89.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La solvencia técnica o profesional se acreditará por el medio que se señala a continuación: relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, en el pliego de cláusulas administrativas particulares se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
- Subcontratación
La empresa asignataria no podrá variar el objeto ni el contenido del suministro, ni cederlo o subcontratarlo con terceros.
Garantías y declaraciones
- Garantías
- Definitiva5 %
- Declaraciones exigidas
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
Criterios de adjudicación, solvencia, garantías y declaraciones tal como las publica el anuncio; los pliegos mandan.
El pliego, leído por IA
BetaCon tu cuenta puedes pedir que la IA lea el pliego y complete esta ficha, con cada dato citado y su página. Entrar.
Pliegos y documentos
Pliego administrativo
Pliego técnico
2 documentos del anuncio; los enlaces abren la plataforma de origen.
Historial de anuncios
- 07/10/2026Anuncio de Licitación · DOUE
- 07/10/2026Anuncio de Licitación · Perfil del contratante
- 08/10/2026Anuncio de Pliegos · Perfil del contratante
Cada publicación del expediente; varias del mismo tipo y medio son rectificaciones.
Los antecedentes cruzan las adjudicaciones del mismo órgano en las mismas categorías CPV a tres dígitos en los últimos tres años (resultado adjudicado o formalizado, adjudicatario identificado, importe no sospechoso); lo explica la metodología.